lunes, 24 de febrero de 2020

Contribuyentes sí tendrán que aceptar algunos comprobantes electrónicos




El Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica aclara que, de acuerdo a lo que señala el Decreto Ejecutivo N° 42195-H, publicado en el Diario Oficial La Gaceta, los contribuyentes sí deben confirmar algunas facturas de compras.

Guillermo Smith, presidente, indicó que si bien el decreto  cambió las reglas en lo referente al proceso de aceptación de los comprobantes electrónicos, no es correcto interpretar que todos los comprobantes no se deben confirmar.

Aquellos contribuyentes que adquieran o compren bienes o servicios directamente relacionados con el giro comercial de sus negocios y que no estén cubiertos por beneficios fiscales, podrán confirmar el comprobante electrónico en su totalidad, para que aquellos se conviertan en crédito fiscal o como un gasto deducible o en su defecto, deberán rechazarlo total o parcialmente. Si el emisor o receptor del comprobante electrónico no lo confirma en el plazo que al respecto establezca la Dirección General de Tributación mediante resolución general, se presumirá que los comprobantes fueron aceptados y en consecuencia formara parte de las operaciones que incidan en las declaraciones autoliquidativas. (articulo 2 del decreto No 42195-H)

Si tiene alguna duda sobre este tema puede llamar al Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica 2297-0045, o enviar un correo a consultoria.tecnica@ccpa.or.cr

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