martes, 1 de octubre de 2019

PERIODISMO: PARA BLINDAR PROFESIÓN, ITALIA APLICA PRUEBA DE IDONEIDAD




La legislación italiana en materia de periodismo, establece, para el fortalecer ejercicio de esta actividad, la Orden de Periodistas (Ordine dei Gioranlisti), y determina que sus integrantes verifiquen, mediante una prueba, su idoneidad.

Para ello, en el artículo 32 –de los 75 que contiene en cinco capítulos-, la Ley N. 69 “Orden de la Profesión de Periodista”, establece lo que define como “prueba de competencia profesional”, para “la verificación de la idoneidad profesional”.

Se trata de “una prueba escrita y oral de la técnica y práctica del periodismo, complementada por el conocimiento de las normas legales que son relevantes para el tema del periodismo”, puntualiza la ley, que data de 1963, y fue actualizada en 2016 y 2017.

Según la disposición, el examen debe efectuarse ante una comisión de siete integrantes –cinco designados por el Consejo Nacional de la Orden entre los periodistas profesionales que han estado registrados durante al menos 10 años, y dos por el presidente del Tribunal de Apelaciones de Roma, ciudad sede de la prueba-.

“El decreto de reconocimiento de la cualificación profesional de conformidad con el Título III, del decreto legislativo del 9 de noviembre de 2007, N. 206, constituye un título para la inscripción en el registro” de periodistas profesionales, indica, además, en el artículo 29.


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