lunes, 18 de febrero de 2019

SE VIENE EL REGISTRO DE ACCIONISTAS




A partir del 1ero de marzo, las personas jurídicas están obligadas a suministrar, a través de sus representantes legales, información sobre la composición de su capital social y beneficiarios finales, lo anterior viene contemplado en el capítulo II de la Ley 9416 Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales, publicada en diciembre de 2016.

Los obligados a cumplir con la entrega de esta información son las personas jurídicas y estructuras jurídicas con domicilio en Costa Rica; los fideicomisos (excepto los públicos); los administradores de recursos de terceros y las organiaciones sin fines de lucro, con actividades que se cataloguen como buenas obras, para ello deberán contar con un certificado de firma digital y llenar el formulario que será publicado hasta el 27 de febrero. Las sociedades deberán registrar a los accionistas que cuenten con más del 15% del capital social, sean personas físicas o jurídicas.

“Al final lo que busca la autoridad es transparentar procesos y luchar de mejor forma contra el fraude fiscal, solicitando más información sobre los accionistas y con multas que podrían llegar hasta los 100 salarios base”, comentó Raymundo Volio, Máster en Derecho Tributario del Bufete Raymundo Volio Abogados y Consultores Tributarios.

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